¡Hola Familia!

¡Gran dilema! Esta pregunta se la han hecho nuestros padres y seguramente nos la haremos nosotros a cierta edad. 😉 Es lógico que, teniendo en cuenta la actual situación económica de bajos sueldos y precariedad laboral, los padres nos preocupemos aun más si cabe por nuestros hijos y por dejarles “solucionado” el futuro.

A la hora de decidir entre hacer una donación de una casa a un hijo en vida, hay que valorar muchas cosas, y entre otras los costes fiscales de esa transmisión. De entrada, será más o menos gravoso en función de la Comunidad Autónoma, ya que tienen su propia normativa sobre el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Existen bonificaciones importantes e incluso reducciones de la base imponible cuando se trata de una vivienda habitual o se dona una cantidad para ayudar a los descendientes a adquirir su primera casa.Analizando las Comunidades Autónomas, el impuesto es más barato en Canarias y Madrid, mientras que el más costosos esta en Andalucía.

Una ventaja es que podemos donar una casa con condiciones, sin embargo tenemos que tener presente que perdemos la propiedad en el momento de la donación. Por ejemplo, podemos hacer una donación de la propiedad pero reservándonos el derecho de poder disfrutarla hasta el momento del fallecimiento. No obstante, en casos de maltrato físico o psicológico podrá dejarse sin efecto una donación tal y como ha reconocido el Tribunal Supremo.

En cuanto a dejar en herencia una casa a un hijo, en general resulta menos costoso que las donaciones ya que en muchas comunidades hay bonificaciones de la Base imponible de hasta el 95% y reducciones en la base imponible que hacen que prácticamente no se tribute nada. Otra ventaja a diferencia de las donaciones es que al dejar en herencia un inmueble no se pierde la propiedad, sino que este deseo se puede revocar mediante el escrito de otro testamento.

Un aspecto fiscal común a la donación y a las herencias es la liquidación del impuesto de plusvalía municipal (Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana). Este impuesto es municipal y por tanto recaudado por los Ayuntamientos. Opera cuando se produce una transmisión de un bien ya sea inter vivos (donación) o mortis causa (herencia) y se calcula sobre el valor catastral de la vivienda y el número de años que se ha tenido en propiedad. El problema es que en los últimos años ese valor se ha revisado al alza en las viviendas de toda España lo que ha provocado que este impuesto haya crecido exponencialmente, lo que debe tenerse muy en cuenta a la hora de hacer números.

Otro punto que tenéis que tener en cuenta, es que hay una limitación legal en las donaciones. La ley nos dice que nadie puede recibir por donación más de lo que puede recibir por testamento, de manera que la donación que exceda de éste límite deberá ser reducida. Es decir, si los herederos forzosos (hijos, nietos en representación de hijos premuertos) tienen derecho como mínimo a 1/3 de la herencia, o a 2/3 si el testador no ha utilizado el tercio de mejora para beneficiar a algún heredero, cualquier donación que impidiese ese reparto mínimo entre los herederos forzosos sería “inoficiosa”/excesiva y debería por tanto reducirse hasta que hubiera patrimonio suficiente para hacer el reparto.

Está claro que hay ventajas y desventajas en las transmisiones por donación o por herencia y siempre será importante contar con el asesoramiento de un especialista que analice nuestro caso concreto pero yo quiero haceros una reflexión más allá:

¿Pensáis que debéis dar vuestra herencia en vida? ¿por qué creéis que se hacen donaciones? ¿Por qué lo haríais vosotros?

Yo personalmente, soy partidaria de hacer un buen testamento y no donar bienes en vida. Por varios motivos:

  • Porque puedo necesitar disponer de mis bienes en un futuro
  • Porque hacer donaciones no garantiza que vayan a cuidar el patrimonio que tanto esfuerzo me ha costado crear ni que en un futuro mis hijos vayan a cuidarme y protegerme.
  • Porque el llevar a cabo un reparto en vida del patrimonio no garantiza que en el momento del fallecimiento no haya problemas entre hermanos y familiares.
  • Porque si mi hijo necesita una ayuda económica, intentaré brindarle mi apoyo y ayuda para que salga por sí mismo de esa situación de necesidad. Considero que a mi hijo le ayudo educándolo, enseñándolo a valerse por sí mismo, no tapando sus carencias. “no le des pescados, enséñale a pescar”.

¿Y vosotros? ¿Que pensáis?

Que tengáis un feliz día!! Gracias por estar ahí y compartir.