¡Hola Familia!

Se acerca el mes de Agosto, en el que la gran mayoría de nosotros nos cogemos unos días para descansar, desconectar, y disfrutar del tiempo libre y de la familia y amigos.

La que suscribe también va a hacer lo propio 😉 no sin antes dejaros unos breves apuntes a modo de resumen de lo que tenéis que tener en cuenta en estos periodos si estáis separados o divorciados:

  • Durante el periodo de vacaciones, no se suspende el pago de la pensión de alimentos, aunque durante todo el mes el menor estuviera con el progenitor no custodio. Las pensiones de alimentos tienen normalmente devengo mensual, aunque podría acordarse otro sistema de pago, siempre que se cubrieran las necesidades de los menores con carácter anual.

 

  • En vacaciones, hay un derecho y deber de comunicación entre los hijos y el progenitor que no está en ese momento con ellos. De manera que deberá facilitarse la comunicación entre ellos, vía telefónica, postal, etc. respetándose el descanso de los hijos, y el horario de alimentación para garantizar la estabilidad emocional y psicológica de los menores.

 

  • Hay convenios reguladores que prevén que en el supuesto de que los hijos acudieran a un campamento o curso de verano en régimen de pernocta en España o el extranjero, en el que estuvieran de acuerdo ambos progenitores, el tiempo que éste dura se descontará de los días de vacaciones de los menores y el tiempo restante se dividirá por semanas y se repartirá entre ambos progenitores.

 

  • En los periodos vacacionales la jurisprudencia mayoritaria entiende que el progenitor custodio debe facilitar al no custodio todos los artículos necesarios para su vestido, higiene y aseo personal, así como un pequeño ajuar personal de la ropa que va utilizar durante la estancia en casa del progenitor con quien no convive habitualmente. Por otro lado, resulta obligación elemental del progenitor no custodio procurar que el menor vuelva con el custodio con todos esas ropas y enseres. Os hable de ello en el post cuyo enlace os dejo por si queréis ampliar información.

https://svillalbaabogados.es/no-tengo-obligacion-de-entregarle-la-maleta-de-los-ninos-a-mi-ex-los-fines-de-semana-o-si.

  • En cuanto a los viajes al extranjero, aunque no exista la obligación de pedir consentimiento por parte del progenitor custodio, si que existe el deber de información lo que redunda en beneficio de todos. Os lo conté aquí:

 https://svillalbaabogados.es/quiero-llevar-a-mis-hijos-a-un-safari-en-africa-necesito-la-autorizacion-de-su-padre.

  • Esto no lo dice la jurisprudencia, esto es de mi cosecha, pero debería ser obligatorio disfrutar de nuestros hijos en vacaciones, dejar el móvil en un cajón y hablar, compartir, jugar, reír, y vivir intensamente cada segundo. Yo me lo he propuesto este año ¿Y vosotros?

 

Quiero agradeceros a tod@s y cada uno de vosotr@s, vuestra fidelidad, apoyo y compañía, cada semana. Os deseo mucha mucha felicidad. 🙂

¡Nos vemos en septiembre! Con las pilas cargadas y energías renovadas. ¡Muchos besos Familia!

¡Felices vacaciones!