Hoy en día, hablar de testamento sigue siendo un tema incómodo para muchas personas. Sin embargo, es de vital importancia hacer testamento siempre, pero especialmente tras el divorcio.

De manera que, si por desgracia falleciera uno de los progenitores tras el divorcio y existieran hijos menores, el excónyuge que ha sobrevivido automáticamente administraria la herencia de los hijos. Lo recoge así el artículo 154 del CC, que dice: “La patria potestad se ejercerá siempre en beneficio de los hijos de acuerdo con su personalidad, y comprende los siguientes deberes y facultades: Velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral. Representarlos y administrar sus bienes”. Por tanto, en caso de fallecimiento, la expareja tendría todas las facultades de administración de la herencia de los hijos, pudiendo hacer uso e incluso disfrute, de todos los bienes.

En el caso de dinero en efectivo, podría guardarlo y conservarlo hasta que los hijos fuesen mayores de edad. Pero también podría gastarlo todo y declarar que estaba destinado a cubrir gastos de los menores.

En el caso de los bienes inmuebles, el progenitor divorciado del fallecido, podrá alquilarlo y gestionar sus ingresos. Incluso podría vender la vivienda herencia de los hijos, con el argumento de necesitar dinero para la manutención de los menores.

Para evitar estas situaciones, es muy importante hacer testamento. No se puede generalizar y habrá situaciones en la que, pese a que se ha producido la ruptura conyugal, los progenitores tienen plena confianza en el otro y en la gestión de la herencia de los hijos, en el caso de que alguno de ellos falte.

Pero en la mayoría de los supuestos, hacer testamento, evitará problemas futuros y dará tranquilidad presente.

¿Cómo evitamos mediante un testamento que el otro progenitor tenga todo el control sobre la herencia que dejamos a nuestros hijos?

Mediante el nombramiento de un administrador. Es una persona de nuestra absoluta confianza, que puede ser un familiar o un amigo íntimo. Será ésta persona y no nuestro excónyuge, quien controle y administre los bienes de nuestra herencia hasta que los hijos sean mayores de edad. Podemos incluso ampliar la designación mas allá de la mayoría de edad, para que nuestros hijos puedan administrarlos por sí solos. Esta es la figura más importante tras el divorcio pero podemos nombrar otras en el testamento.

Un tutor para el caso de que fallezcan ambos progenitores, y ademas un albacea y un contador partidor. Estos dos últimos pueden recaer en la misma persona y el albacea se encarga de cuidar los bienes de la herencia, mientras que el segundo, el contador partidor, se encarga de su reparto, respetando siempre la voluntad del testador.

De manera que, como conclusión, es muy importante y aconsejable hacer testamento tras el divorcio y nombrar un administrador, para evitar que la gestión de nuestro dinero y de nuestros bienes inmuebles, no se lleve a cabo por la ex pareja, sino por alguien de nuestra confianza que velará por mantener y preservar la herencia de nuestros hijos.

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¡Nos vemos pronto!