1. ¿Cuánto cuesta un divorcio en Madrid?

El coste de un divorcio depende de la complejidad del caso, no del tipo de procedimiento. Cada asunto es diferente: no es lo mismo un divorcio sin hijos ni bienes que uno con menores, vivienda y desacuerdo patrimonial. Los honorarios se pactan al inicio en función del trabajo previsto. En la consulta de valoración inicial analizamos tu situación concreta y te damos un presupuesto cerrado y personalizado, sin sorpresas posteriores.

2. ¿Cuánto dura un proceso de divorcio?

Un divorcio de mutuo acuerdo ante notario puede resolverse en 2-4 semanas si no hay hijos menores. Con menores, al tener que intervenir el Juzgado, el plazo habitual es de 2 a 6 meses. Un divorcio contencioso puede prolongarse entre 8 y 18 meses según el juzgado y la complejidad del caso.

3. ¿Cuál es la diferencia entre divorcio de mutuo acuerdo y contencioso?

En el de mutuo acuerdo ambos cónyuges firman un convenio regulador conjunto. Es más rápido, económico y menos desgastante. En el contencioso no hay acuerdo y es el juez quien decide sobre custodia, pensiones y reparto de bienes tras un procedimiento con pruebas y vista.

4. ¿Puedo modificar la pensión de alimentos después del divorcio?

Sí. La Ley permite modificar las medidas acordadas (pensión, custodia, régimen de visitas) cuando cambian sustancialmente las circunstancias: pérdida de empleo, cambio de residencia, necesidades nuevas del menor, etc. Se tramita mediante un procedimiento de modificación de medidas.

5. ¿Qué es la mediación familiar y cuándo conviene?

La mediación familiar es un proceso en el que un profesional neutral (mediador) facilita que ambas partes lleguen a acuerdos sin pasar por un juicio. Conviene cuando: existe un conflicto pero queda algo de diálogo, hay hijos menores y queréis mantener una coparentalidad funcional, buscáis ahorrar tiempo y desgaste emocional, o queréis conservar el control de las decisiones en lugar de dejarlo en manos de un juez. La mediación está prohibida por ley en casos de violencia de género. Tampoco es adecuada si una de las partes no quiere negociar de buena fe o existe un desequilibrio de poder muy marcado. La mediación no sustituye al abogado: cada parte debe tener su propio letrado que revise el acuerdo antes de firmarlo.

6. ¿Cómo se decide quién se queda con la custodia de los hijos?

En España la custodia compartida es el punto de partida, salvo que el interés del menor aconseje otro régimen. El juez valora: la edad de los hijos (a partir de 12 años se escucha su opinión), la disponibilidad real de cada progenitor (horarios laborales, apoyo familiar), la cercanía de los domicilios para facilitar el tránsito, la relación previa de cada progenitor con los menores, y si se solicita, informes psicosociales del equipo del juzgado. Lo que más pesa: la estabilidad emocional del menor y quién ha sido la figura de apego principal hasta el momento de la ruptura. No existe un automatismo: cada caso se valora individualmente.

7. ¿Qué derechos tengo como pareja de hecho al romper la relación?

Las parejas de hecho no están sujetas al régimen económico matrimonial, por lo que los bienes se reparten según su titularidad. Sí existen derechos en materia de hijos comunes (custodia, alimentos). Cada comunidad autónoma tiene su propia regulación sobre parejas de hecho, y en algunas se reconocen pensiones compensatorias por desequilibrio económico si la pareja estaba inscrita. Cada caso requiere análisis específico de la documentación y la situación patrimonial.

8. ¿Puedo reclamar la herencia si me han desheredado?

El Código Civil limita las causas legales de desheredación (maltrato, negación de alimentos, etc.). Si la desheredación no se ajusta a una causa legalmente prevista, los herederos forzosos (hijos, cónyuge, padres) pueden impugnarla y reclamar la legítima que les corresponde.

9. ¿Qué documentación necesito para iniciar un divorcio?

Certificado de matrimonio, certificados de nacimiento de los hijos, DNI de ambos cónyuges, justificantes de ingresos recientes, escrituras de la vivienda familiar y relación de bienes comunes. En la primera consulta te facilitamos una checklist personalizada según tu caso.

10. ¿Cuánto cuesta la primera consulta y qué incluye?

La consulta de valoración inicial tiene un coste de 100€ + IVA (121€ IVA incluido), tanto en modalidad presencial en el despacho como por videollamada. Durante la consulta escuchamos tu situación, analizamos la documentación que aportes y te damos un diagnóstico jurídico inicial con un presupuesto cerrado si decides continuar. El tiempo dedicado y el análisis previo justifican el coste frente a las consultas gratuitas de otros despachos: obtienes un criterio profesional real desde el minuto uno.

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