Quizás te hayas preguntado alguna vez, ¿hay alguna diferencia entre divorciarse con hijos mayores de edad o con hijos menores de edad?

Pues sí. Hay muchas diferencias. La primera y más importante es la guarda y custodia.

Al divorciarte con hijos mayores de edad no podemos hablar de custodia ni de patria potestad. Tus hijos a partir de los 18 años son adultos, pero eso no significa necesariamente que sean independientes. Si no lo son, es decir, siguen viviendo en tu casa y dependiendo de ti para subsistir, se fijará una pensión de alimentos. Si son independientes económicamente, aunque vivan contigo, no tendrán en principio, derecho a una pensión de alimentos.

¿Qué tipo de pensión de alimentos tienen derecho a percibir mis hijos mayores de edad que conviven conmigo tras el divorcio ? Divorciarse con hijos mayores de edad supone la obligación de pagar una pensión de alimentos que garantice educación, vestuario, habitación y sustento, pero tiene una naturaleza distinta que en el caso de los menores de edad . Los alimentos a los menores de edad son imperativos. Los padres deben alimentar a sus hijos siempre y sin excepción, derivado de su potestad parental. Sin embargo, en el caso de los mayores de edad, se aplica el criterio de la proporcionalidad entre las necesidades de los hijos y las posibilidades de los progenitores de una manera mas clara.

Por último, divorciarse con hijos mayores de edad afecta al régimen de visitas.

Pero, ¿cómo afecta a las visitas? como habrás adivinado, logicamente no pueden fijarse ni imponerse visitas a un mayor de edad. Tenemos delante un adulto a efectos legales que puede decidir voluntariamente cuándo y cómo va a ver a sus padres. Pero ¡ojo! ¡no solo van a tener obligaciones los padres para con los hijos! La ley obliga a los progenitores a prestar alimentos a los hijos mayores de edad, (a los parientes en general articulo 143 CC), pero los hijos también tienen responsabilidades frente a sus progenitores.

Es curiosa la redacción del art. 155.1º del CC. Dice que los hijos deben obedecer a sus padres mientras permanezcan bajo su potestad y respetarles siempre. Recoge por tanto dos obligaciones: una la de obediencia, circunscrita sólo mientras estén bajo la patria potestad (sean menores de edad) y otra la de respeto, que permanece durante la vida de los implicados.

Por desgracia, no siempre es así. Hay muchos hijos que no quieren tener contacto con sus progenitores y éstos deben cumplir con su parte y garantizarles bienestar a través del mantenimiento económico.

Por suerte, la Jursiprudencia se ha encargado de subsanar estas situaciones injustas. Gracias a la sentencia del Tribunal Supremo nº 104/2019 de 19 de febrero se acordó la extinción de la pensión de alimentos de un padre con dos hijos mayores de edad con los que no tenía relación desde hacía más de 8 años, por voluntad de aquellos, pero seguía pagando la pensión de alimentos.

Existen otras causas de extinción de la pensión de alimentos de los hijos mayores de edad, como llegar a cierta edad (26 años aproximadamente) y no trabajar ni buscar activamente empleo, o prolongar indefinida e innecesariamente una formación académica con miles de cursos.

¿Conocías estas peculiaridades de divorciarse con hijos mayores de edad?

¿Sabes de alguien que se encuentre en alguno de los suuestos que he expuesto? Cuéntamelo

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¡Gracias por leerme y nos vemos pronto!

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