¡Hola Familia!
Hace unos días leía en la prensa una noticia que me llamó mucho la atención y que seguro que habréis visto o leído. El Tribunal Supremo ha denegado a una mujer maltratada la custodia de su hija por carecer de “habilidades como madre”.
Os cuento brevemente su historia: En el año 2010 la Junta de Andalucía se hizo cargo de la hija menor de una mujer víctima de maltrato machista, al declararse que la niña estaba en situación de desamparo. En octubre de ese mismo año, la mujer solicitó a un juzgado de Granada, que el gobierno andaluz le devolviera a su hija, pero le fue denegada su petición por sentencia en el mes de junio de 2011 porque según el juzgador de instancia, la mujer carecía «de habilidades como madre». En la sentencia se decía que aunque su situación había mejorado tras rehacer su vida con «una nueva pareja», ello no era suficiente «para acordar el retorno de la menor con ella». Resolvió la resolución judicial que la niña debía continuar bajo la tutela de la Junta hasta que la madre adquiriese las «habilidades necesarias» para desempeñarse como tal, «teniendo en cuenta el superior interés del menor»,
La mujer presentó un recurso ante la Audiencia de Granada que en mayo de 2012 le dió la razón, permitiendo que la menor volviera con su madre. En la sentencia, la Audiencia señala que el hecho de que la demandante no «continuase colaborando con el equipo técnico para adquirir habilidades como madre» no era motivo suficiente seguir manteniéndola apartada de la niña y que las mencionadas habilidades «se adquieren con la práctica diaria en el cuidado de un hijo».
Sin embargo, la Junta de Andalucía decidió recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo, quien cinco años después ha zanjado este asunto, denegando la custodia de la menor a la madre.
Para el Alto Tribunal, no existían garantías para proceder a la devolución de la menor a su madre, alegando la ‘falta de habilidades’ de la progenitora. Además, señala expresamente: «Para acordar el retorno del menor a su familia biológica no basta con una evolución positiva de los padres biológicos, ni con su propósito de desempeñar adecuadamente el rol paterno y materno, sino que es menester que esta evolución, en el plano objetivo y con independencia de las deficiencias personales (…) que puedan haber determinado el desamparo, sea suficiente para restablecer la unidad familiar en condiciones que supongan la eliminación del riesgo de desamparo del menor y compensen su interés en que se mantenga la situación de acogimiento familiar en que se encuentre».
¿Qué os parece? ¿Qué son y cuáles, las habilidades como madre? ¿Todas las madres las tenemos, o se adquieren?
¡¡Espero vuestros comentarios!!
Gracias por estar ahí
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