Seguro que has oído hablar del testamento “de uno para el otro” pero, ¿sabes lo que significa realmente? En contra de lo que pueda parecer, no se trata de un testamento en el que se dejan todos los bienes de la herencia al cónyuge viudo.

Entonces, te preguntarás: ¿no puedo dejar toda mi herencia a mi cónyuge? Si tienes hijos no, porque éstos son herederos forzosos y por ley tienen derecho a la legítima. que son dos tercios de la herencia.

El testamento llamado “del uno para el otro” es un testamento en el que se mejora al cónyuge viudo con el usufructo universal y vitalicio de todos los bienes de la herencia.

Pero, ¿Qué es exactamente el usufructo? Es el derecho de usar y disfrutar una cosa ajena, con la obligación de conservarla, siendo la propiedad de otra persona. En caso de fallecimiento, si el matrimonio estaba en gananciales, el cónyuge viudo tendrá la propiedad de la mitad de todos los bienes generados durante el matrimonio. Pero respecto de la mitad que pertenece al difunto, sólo tendrá derecho al usufructo de toda o parte de la herencia, siendo de los herederos forzosos (los hijos) la nuda propiedad de los mismos.

Por ley, al cónyuge viudo le corresponde sólo el usufructo de un tercio de la herencia. De manera que, si queremos beneficiarle, tendremos que hacer testamento y dejar dicho de forma expresa nuestro deseo y legarle el usufructo universal y vitalicio de todos nuestros bienes. Sólo si hacemos testamento podremos mejorarle. De esta forma, por ejemplo, en el caso de que el único bien que se herede sea la vivienda familiar, el viudo podrá vivir en ella hasta su fallecimiento, aunque los titulares de la nuda propiedad sean los hijos.

Como ves, el cónyuge que tiene el usufructo vitalicio por testamento va a poder usar todos los bienes de la herencia y disfrutar de ellos, pero no los puede vender, ya que los hijos son los que tienen la nuda propiedad.

Hay que tener en cuenta que los hijos pueden reclamar que su parte de legítima estricta esté libre de usufructo. Para evitarlo y garantizar que se respete la voluntad del testador, se suele incluir la “Cautela socini”. Significa que si alguno de los hijos no acepta el legado del viudo (usufructo univeral y vitalicio) ese hijo sólo percibirá un tercio de la herencia (legítima estricta) en beneficio de los hijos que sí lo acepten.

En conclusión, la expresión “del uno para el otro” deriva del hecho de que cada uno de los cónyuges, hace un testamento con idéntico contenido, favoreciéndose así mutuamente. ¿Te gustaría mejorar a tu cónyuge en caso de fallecimiento?

Si quieres hacer testamento te ayudo

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¡Nos vemos pronto!


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