Hiciste testamento hace años. Fuiste al notario, lo firmaste, lo guardaste. Y desde entonces vives con una tranquilidad razonable: eso ya está resuelto. La mayoría de las veces lo está. Pero no siempre, y conviene saber cuándo.
Un testamento no caduca… pero la vida cambia
Tu testamento sigue siendo válido mientras no otorgues otro: el posterior revoca al anterior (art. 739 del Código Civil), pero por el paso del tiempo no pierde valor. El problema, cuando lo hay, no es el papel. Es que la vida que describía ese papel ya no es la de hoy.
Señales de que el tuyo quizá se ha quedado atrás
Lo veo a menudo. Te has casado o te has separado después de firmarlo. Ha aparecido una nueva pareja a la que quieres proteger. Tienes hijos de distintas relaciones, o han nacido hijos o nietos. Vendiste el piso que dejabas a alguien concreto, o compraste otro, y el reparto ya no cuadra con lo que tienes. Hay un hijo en una situación económica delicada al que querrías cuidar de forma especial. Tienes varios inmuebles y varios herederos. O, sencillamente, lo hiciste cuando tus hijos eran pequeños y hoy son adultos con vidas muy distintas. Cualquiera de estas basta para releerlo.
Lo que no puedes cambiar, y lo que sí
En derecho común no puedes disponer libremente de todo. La ley reserva a los hijos una parte, la legítima —dos tercios de la herencia, uno de ellos como mejora— (arts. 806 a 808 CC), y al cónyuge viudo un usufructo cuando concurre con los hijos (art. 834 CC). Eso marca los límites.
Pero dentro de ese marco hay más margen del que la gente cree: a quién atribuyes la mejora, cómo repartes el tercio de libre disposición, qué legados concretos dejas, cómo se adjudica la vivienda, qué usufructo reservas para tu pareja. Ahí es donde un testamento bien pensado evita disgustos. Un aviso importante: en derecho común, la pareja de hecho no casada no hereda por ley; si quieres protegerla, tiene que estar previsto. Muchas personas lo descubren tarde.
¿Y si quiero dejar a un hijo sin herencia?
Es una de las preguntas que más escucho, casi siempre por el mismo motivo: «no se ocupa de mí». La respuesta es sí, se puede, pero de forma excepcional: los hijos son herederos forzosos y tienen derecho a la legítima, así que la ley no permite desheredar por libre.
Solo cabe por unas causas tasadas que enumera el Código Civil (art. 853) —el maltrato de obra o las injurias graves de palabra, o negar sin motivo los alimentos al progenitor— y hay que cumplir la forma: expresar la causa en el testamento, con claridad. No vale «por motivos personales».
El Tribunal Supremo ha adaptado esto a la realidad: viene entendiendo, desde su Sentencia 258/2014, de 3 de junio, que el maltrato psicológico —el desprecio y el abandono emocional graves y continuados— encaja dentro del «maltrato de obra» del art. 853.2 CC. Y lo ha vuelto a confirmar muy recientemente: en la Sentencia 507/2026, de 7 de abril, dio por válida la desheredación de unos hijos que durante unos doce años dejaron por completo de atender y visitar a su padre —enfermo e ingresado en una residencia de su misma localidad—, al considerar probado que ese abandono le causó un verdadero daño psicológico.
Pero con dos límites que el propio Tribunal subraya. El primero: no basta el mero enfriamiento de la relación; el distanciamiento tiene que ser grave, causar un daño real y ser imputable al hijo (si lo provocó el propio progenitor, la desheredación se cae). El segundo, la prueba: si el hijo desheredado impugna el testamento, son los demás herederos quienes deben acreditar que la causa fue cierta (art. 850 CC). Por eso, cuando se toma una decisión así, conviene dejar preparado el respaldo —informes, comunicaciones, testigos—: sin prueba, la desheredación se anula y acaba en un pleito entre hermanos.
En resumen: es posible, pero ni es automático ni es libre. Antes de dar el paso, conviene asesorarse bien.
Revisar no es rehacer
La buena noticia es que muchas veces no hace falta un testamento nuevo: basta comprobar si el que tienes sigue diciendo lo que hoy quieres. Otras veces sí conviene rehacerlo. Lo que no compensa es descubrir el desajuste cuando ya no hay nadie que pueda explicar qué querías.
En resumen
Si hace años que hiciste tu testamento y tu familia o tu patrimonio han cambiado, quizá sea buen momento para revisarlo. No para pensar en la muerte: para ordenar, con calma, lo que quieres para quienes se quedan. Si te apetece verlo con tu caso delante, escríbeme por WhatsApp y lo miramos.
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